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CANCELACIÓN DE DEUDAS

Cancelamos todas tus deudas con la ley de la segunda oportunidad.

 
 

SERVICIOS JURÍDICOS

Te representamos judicialmente ante tus acreedores.

¿Como vas a cancelar tus deudas?

Te voy a explicar brevemente en qué consiste y cómo puedes cancelar tus deudas. Sin embargo, creo que para qué puedas saber concretamente si en tu caso es posible cancelar tus deudas lo mejor es que me llames y hablemos personalmente sobre tu caso, más abajo tienes mis datos de contacto, y bien puedes llamarme directamente, o bien dejar tus datos para que sea yo quien te llame te atiendo gratuitamente.

 

¿Por qué se pueden cancelar mis deudas?

La cancelación de las deudas es un derecho que está reconocido en la Ley Concursal, y la acuerda un Juez en una resolución judicial. Por tanto, debes tener claro que no van a ser tus acreedores los que te perdonen o cancelen las deudas voluntariamente, sino que la razón de ser cancelas es porque lo impone el Juez, en una resolución judicial llamada decreto, declara la obligación de perdonarte y cancelar tus deudas.

Ello supondrá que nunca más puedan reclamártelas. Suspendiendo los embargos y las ejecuciones de tus bienes, si fuera el caso de que las tuvieras ya reclamadas en vía judicial.

El proceso es todo por escrito, sin necesidad de ninguna comparecencia personal tuya en el Juzgado. Se tramita todo a través del abogado y el procurador. Y suele durar aproximadamente entre 6 y 8 meses, hasta obtener la resolución judicial que te perdona definitivamente las deudas.

¿Cuáles son los requisitos que debes reunir?

Aqui tienes descrito el proceso:

PRIMERO

Como ves se trata de un procedimiento judicial, por lo que vas a necesitar obligatoriamente un abogado y un procurador.

SEGUNDO

Para que el Juez acuerde el perdón de las dudas te va a solicitar que le acredites que:

  1. Realmente no tienes dinero ni bienes para pagar tus deudas.
  2. Que actúes de buena fe, es decir, que no lo engañes en la información y documentación que presentes durante el proceso.

TERCERO

Existen unas excepciones de personas que no pueden pedir la cancelación de sus deudas. Pero no te preocupes porque yo me encargaré de revisar y de comprobar que no te afectan.

Para que tengas una idea aproximada para valorar tu caso leyendo este texto, de forma resumida, te avanzo de que se trata de:

  1. Que no hayas cometido delitos económicos.
  2. Que no hayas cometido, o no hayas pagado, infracciones tributarias, o de la Seguridad Social calificadas como muy graves, o declaración de derivación de responsabilidad.
  3. Que tus deudas no superen los 5 millones de euros.

¿Qué deudas me pueden perdonar?

Las deudas que te van a perdonar principalmente son todas las que tienen relación con el consumo o compra de bienes. Es decir:

  • Las facturas que debas en comercios.
  • Deudas con particulares.
  • Deudas con entidades financieras; préstamos, tarjetas bancarias, etc.
  • Deudas con la Agencia Tributaria con un máximo de 10.000 €.
  • Deudas con la Seguridad Social, con un máximo de 10.000 €.

Hay unos casos muy excepcionales sobre deudas muy especiales que no se pueden perdonar, (alimentos familiares dependientes, responsabilidades derivadas de delitos, …). Pero no te preocupes porque no son muy comunes, y en la primera entrevista gratuita me encargo de revisar y de averiguar si tienes alguna de estas deudas excepcionales.

 

¿Qué lograrás una vez acabado el proceso judicial?

Como te explicaba al inicio el Juez al finalizar dictara el decreto de perdón o cancelación de las deudas. Una vez tengas esta resolución judicial los acreedores deberán cancelar para siempre tus deudas. Ya no podrán reclamarte las deudas, y si hubiera embargos o ejecuciones judiciales ya interpuesto podrás solicitar que se cancelen también.

Además, los registros de morosos estarán obligados a cancelar y darte de baja de su registro respecto de dichas deudas ello te permitirá obtener una mejor calificación de solvencia cuando vayas a solicitar financiación nuevamente

¿Dudas, hay algo que no te queda claro?

Estoy seguro de que después de haber leído esa introducción te han salido muchas dudas sobre si en tu caso concreto reúnes los requisitos, por eso, insisto, en que lo más fácil rápido es que te pongas en contacto conmigo, o me dejes tus datos para tener una entrevista que puede ser telefónica o por videollamada.

De forma totalmente gratuita en esta primera entrevista voy a analizar tu caso concreto y vamos a resolver tus dudas y revisar que cumples con todos los requisitos para poder iniciar en proceso de cancelación de deudas judicial.

    ¿Mis honorarios?

    La primera cita o consulta te la voy a ofrecer de forma gratuita, e incluye todo el tiempo que necesites para analizar tu caso y que entiendas si te convienen los procesos que te he explicado.

    En el caso de que necesites mi ayuda me adapto a tu situación económica, tanto para acordar contigo cuáles serán mis honorarios, como la forma en los que los podrás pagar; de forma aplazada, o bien con una cuota mensual.

    Me hago cargo de que tu situación económica en estos momentos es complicada y por eso ofrezco la máxima flexibilidad para poder satisfacer los honorarios.